Por memorial presentado el 8 de julio de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 682/2015-RA
Sucre, 27 de noviembre de 2015
Expediente : Santa Cruz 68/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Carlito Paniagua Cabello
Delito : Transporte de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de julio de 2015, cursante de fs. 163 a 167, el representante del Ministerio Público, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 13 de 22 de junio de 2015 de fs. 131 a 133, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra Carlito Paniagua Cabello, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 682/2015-RA
Sucre, 27 de noviembre de 2015
Expediente : Santa Cruz 68/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Carlito Paniagua Cabello
Delito : Transporte de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de julio de 2015, cursante de fs. 163 a 167, el representante del Ministerio Público, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 13 de 22 de junio de 2015 de fs. 131 a 133, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra Carlito Paniagua Cabello, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (ley 1008)
- Por memorial presentado el 8 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 1 de julio de 2015, la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
