POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por Guido Dionisio Coronado Chura contra el Auto de Vista Nº 198, de fecha 27 de abril de 2011, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas
- Partes: Guido Dionisio Coronado Chura c/ Lucio Paniagua Martínez y Otro
- Proceso: Reivindicación de inmueble y Otros
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia de primera instancia el demandante, dentro el plazo legal interpuso recurso de
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Que, el recurrente en su expresión de agravios señala los siguientes
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
