De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación fiscal, una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Sentencia 35/2012 de 11 de septiembre (fs. 222 a 230), declaró a Juan Vargas Rodríguez y Dionicio Choque Menacho, absueltos de pena y culpa de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación 33 inc. m) de la Ley 1008, porque la prueba aportada no fue suficiente para generar convicción sobre su responsabilidad penal.
b) Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs. 260 a 264 vta.), resuelto por el Auto de Vista 92/2014 de 11 de noviembre (fs. 284 a 287), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró procedente en parte el citado recurso y anuló la Sentencia, disponiendo el reenvío de la causa.
c) El 13 de enero de 2015 (fs. 292), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, y el 20 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación
- Por memorial presentado el 20 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 13 de enero de 2015, fue
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que el recurrente denuncia que por la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
