Auto Supremo AS/0041/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

Dentro de ese contexto, corresponde precisar que los argumentos esgrimidos por el recurrente señalan la


Dentro de ese contexto, corresponde precisar que los argumentos esgrimidos por el recurrente señalan la supuesta contradicción en la que incurrió el tribunal de apelación con la doctrina del precedente, en razón a que anuló la sentencia por la dilación del juicio oral debido a la suspensión reiterada de las audiencias que generó la vulneración de los principio de inmediación y continuidad, cuando correspondía sancionar la responsabilidad disciplinaria y penal del funcionario negligente como determinó la doctrina legal del precedente invocado; bajo ese contexto se tiene que los recurrentes señalaron la situación similar y la posible contradicción entre los fundamentos del Auto de Vista impugnado y los fundamentos del precedente; en consecuencia, el recurso resulta admisible, pues se constata el cumplimiento de las exigencias legales contenidas en los arts. 416 y 417 del CPP