De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 45/2009 de 31 de agosto (fs. 245 a 249), el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró a Kering Téllez Khum y Wilber Toledo Vargas, autores de la comisión del delito de Robo agravado tipificado por el art. 332 incs. 1 y 2) del CP, imponiéndoles la pena individual de siete años de presidio, con costas.
b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Kering Téllez Khum y Wilber Toledo Vargas, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 255 a 256), resuelto por Auto de Vista de 24 de octubre de 2009, emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que dispuso declarar improcedente, con costas el recurso formulado, confirmado en consecuencia la Sentencia apelada.
c) El 10 de diciembre de 2009 (fs. 269), fueron notificados los recurrentes Kering Téllez Khum y Wilber Toledo Vargas, con el referido Auto de Vista y el 16 del mismo mes y año, interpusieron recurso de casación.
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Los recurrentes señalan que en su recurso de apelación restringida denunciaron la errónea aplicación de la norma sustantiva del art. 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), en el entendido de que el Ministerio Público en ningún momento logró demostrar su culpabilidad pues, pese a la existencia de elementos materiales del hecho denunciado no se demostró que los recurrentes hubieran tenido la intención de realizar el hecho delictivo que se les imputa, consiguientemente no existiría la adecuación de sus conductas al ilícito
- Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 10 de diciembre de 2009, los
- Respecto de la denuncia de falta de pruebas que acredite su culpabilidad en el delito
- Asimismo, se aclara que con relación al co-imputado Wilber Toledo Vargas, mediante Auto Supremo 150/2013,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
