Respecto de la denuncia de falta de pruebas que acredite su culpabilidad en el delito
Respecto de la denuncia de falta de pruebas que acredite su culpabilidad en el delito de Robo agravado, al respecto es preciso señalar, que el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas en la normativa procesal penal en cuanto al cumplimiento de los requisitos formales para su admisibilidad siendo estos la invocación de precedentes contradictorios y la correspondiente expresión de la contradicción existente entre el precedente contradictorio y el Auto de Vista recurrido; pues, los recurrentes de manera por demás confusa realizan una narración genérica sin realizar la precisión de la presuntas contradicciones que se pretende sean consideradas y resueltas en esta instancia imposibilitando a este Tribunal ingresar a realizar la labor de contrastación del Auto de Vista recurrido, consiguientemente ante el incumplimiento de lo establecido por los arts. 416 y 417 del CPP, el mismo deviene en inadmisible
- Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 10 de diciembre de 2009, los
- Respecto de la denuncia de falta de pruebas que acredite su culpabilidad en el delito
- Asimismo, se aclara que con relación al co-imputado Wilber Toledo Vargas, mediante Auto Supremo 150/2013,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
