Respecto del único motivo planteado, referido a la ilegal emisión de Sentencia absolutoria dispuesta por
Respecto del único motivo planteado, referido a la ilegal emisión de Sentencia absolutoria dispuesta por el Juez de Sentencia ante el retiro de la acusación fiscal, misma que fue ratificada por el Tribunal de alzada, sin considerar los derechos y garantías que les asiste como víctimas, resolviendo en contradicción a lo establecido en el Auto Supremo 47 de 28 de enero de 2003, que en lo principal establece que: “…el retiro de una de las acusaciones no afecta el desarrollo del proceso penal, menos si solo el querellante continua con la actividad procesal” (sic); en consecuencia, del análisis y consideración del recurso, éste cumple con los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, tanto en el plazo de presentación como se señaló supra, como también en la invocación del precedente contradictorio y la correspondiente precisión de las presuntas contradicciones del Auto de Vista que se pretende se revea y la jurisprudencia existente en este Tribunal, otorgando las bases suficientes para ingresar a realizar la labor de contrastación solicitada, constituyendo presupuestos de carácter formal para su admisión, con la finalidad de determinar lo que fuese en derecho
- a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, ante el retiro de la Acusación
- b) Contra la mencionada Sentencia, los querellantes y acusadores particulares interponen recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 27 de febrero de 2010, los
- Respecto del único motivo planteado, referido a la ilegal emisión de Sentencia absolutoria dispuesta por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
