Con relación a los demás requisitos, se evidencia que la parte recurrente denuncia que el
Con relación a los demás requisitos, se evidencia que la parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado de casación no hubiese establecido el valor probatorio del total de las pruebas aportadas en el acto de juicio, enfatizando que en el caso estuviese demostrada la participación del imputado en el hecho atribuido, para finalmente especificar que el Tribunal de alzada no hubiese establecido el valor probatorio de la prueba de descargo. Sin embargo, se advierte que la parte recurrente se limita a glosar parcialmente la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 317 de 13 de junio de 2003, sin establecer de manera clara y precisa, cuál la contradicción existente con el Auto de Vista impugnado; por el contrario, pese a resaltar en dicha glosa que el recurso de apelación restringida no es el medio para revalorizar la prueba y/o revisar las cuestiones de hecho que hacen a los jueces o tribunales inferiores, concluye afirmando que las pruebas presentadas y judicializadas por el Ministerio Público: “no fueron valoradas de manera correcta, tanto por el tribunal de sentencia como por el tribunal de la sala penal segunda” (sic); es decir, efectúa un planteamiento confuso y contradictorio, imposibilitando que este Tribunal pueda ejercer la labor de contraste que la ley le asigna
- Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Carlos Rudy Parada Soleto, Fiscal de Materia, interpuso
- c) El 17 de septiembre de 2014 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen el siguiente motivo
- Agrega que de acuerdo a la doctrina existente y del análisis de los hechos y
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el presente caso, se establece que el 17 de septiembre de 2014, el recurrente
- Con relación a los demás requisitos, se evidencia que la parte recurrente denuncia que el
- Por lo expuesto, este Tribunal considera como graves las falencias del recurso de casación, razón
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
