En el presente caso, se establece que el 17 de septiembre de 2014, el recurrente
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el presente caso, se establece que el 17 de septiembre de 2014, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 25 de septiembre del mismo año, interpuso recurso de casación, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su legal notificación, considerando que el 24 del mes y año señalado, fue feriado en el Departamento de Santa Cruz; cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Carlos Rudy Parada Soleto, Fiscal de Materia, interpuso
- c) El 17 de septiembre de 2014 (fs
- De la revisión de recurso de casación, se extraen el siguiente motivo
- Agrega que de acuerdo a la doctrina existente y del análisis de los hechos y
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el presente caso, se establece que el 17 de septiembre de 2014, el recurrente
- Con relación a los demás requisitos, se evidencia que la parte recurrente denuncia que el
- Por lo expuesto, este Tribunal considera como graves las falencias del recurso de casación, razón
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
