Regístrese, notifíquese y remítase
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, dejando sin efecto el sorteo de 4 de marzo de 2015 cursante a fs. 78 vta., se declara incompetente en razón de materia para conocer el recurso de casación cursante de fs. 59 a 63; por consiguiente, DECLINA competencia ante la Sala Civil del Tribunal Supremo, disponiendo la remisión de obrados, mediante nota de cortesía y las formalidades de ley.
Regístrese, notifíquese y remítase
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- Auto Supremo Nº 36/2015-L
- Expediente: TJA.323/2010
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes, se advierte que el proceso se trata de
- En ese sentido, es necesario tener presente que el debido proceso se sustenta entre otros,
- Por consiguiente, el recurso de casación debe ser resuelto por la Sala Civil del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y remítase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
