Con relación a los demás requisitos, de la revisión del recurso, se establece que el
Con relación a los demás requisitos, de la revisión del recurso, se establece que el recurrente ha identificado como motivos de este medio de impugnación, la omisión de parte del Tribunal de alzada de referirse de manera fundamentada a las tres denuncias realizadas en su recurso de apelación restringida, así como de ejercer el debido control de logicidad sobre la Sentencia; actuar que en el planteamiento del recurrente es vulneratorio al derecho a la defensa y contrario a los precedentes contradictorios que invoca: Autos Supremos 141/2006 de 22 de abril, 431/2005 de 15 de octubre, 251/2012 de 17 de septiembre, 286/2013 de 22 julio, 317/2003 de 13 de junio y 341/2006 de 28 de agosto. En consecuencia, ante el cumplimiento de la previsión establecida en el art. 416 del CPP, corresponde admitir el presente recurso de casación, con la finalidad de comprobar la veracidad de los agravios denunciados por el recurrente y en su caso, la existencia de contradicción entre el Auto de Vista impugnado y la doctrina establecida en los precedentes invocados
- Por memorial presentado el 30 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 28 de enero de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 28 de enero de 2015, el
- Con relación a los demás requisitos, de la revisión del recurso, se establece que el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
