De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular presentada por Henry Veliz Valdivia (fs. 1 a 2 vta.); una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 1/2010 de 11 de enero (fs. 203 a 210 vta.), por la que declaró a los imputados, Cidar Jesús Veliz Valdivia y Sonia Muñoz de Veliz, autores de la comisión de los delitos de Difamación y Calumnia, tipificados y sancionados por los arts. 282 y 283 del CP, condenándolos a la pena privativa de libertad de dos años que deberán cumplir en la cárcel pública de San Sebastián Varones y Mujeres; así como cien días de multa a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por día, a favor de la Caja de Reparaciones del Poder Judicial de 50% a cada uno de los sancionados, con costas y resarcimiento de daño civil a favor del acusador particular. Advirtiéndoles que en razón a la pena impuesta, pueden beneficiarse con el perdón judicial.
b) Contra la referida Sentencia, los imputados Cidar Jesús Veliz Valdivia y Sonia Muñoz de Veliz, formularon recurso de apelación restringida (fs. 226 a 235), resuelto por Auto de Vista de 10 de marzo de 2010 (fs. 270 a 273 vta.), dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que anuló totalmente la Sentencia pronunciada y ordenó la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia
- Por memorial presentado el 6 de abril de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 30 de marzo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Sobre el particular, sostiene que durante el juicio se logró probar que la conducta de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
