Por memorial presentado el 6 de abril de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 255/2015-RA-L
Sucre, 03 de junio de 2015
Expediente : Cochabamba 64/2010
Parte Acusadora : Henry Veliz Valdivia
Parte Imputada : Cidar Jesús Veliz Valdivia y otra
Delitos : Difamación y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de abril de 2010, cursante de fs. 282 a 285, Henry Veliz Valdivia, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 10 de marzo de 2010, de fs. 270 a 273 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Cidar Jesús Veliz Valdivia y Sonia Muñoz de Veliz, por la presunta comisión los delitos de Difamación y Calumnia, previstos y sancionados por los arts. 282 y 283 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 255/2015-RA-L
Sucre, 03 de junio de 2015
Expediente : Cochabamba 64/2010
Parte Acusadora : Henry Veliz Valdivia
Parte Imputada : Cidar Jesús Veliz Valdivia y otra
Delitos : Difamación y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de abril de 2010, cursante de fs. 282 a 285, Henry Veliz Valdivia, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 10 de marzo de 2010, de fs. 270 a 273 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Cidar Jesús Veliz Valdivia y Sonia Muñoz de Veliz, por la presunta comisión los delitos de Difamación y Calumnia, previstos y sancionados por los arts. 282 y 283 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 6 de abril de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 30 de marzo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Sobre el particular, sostiene que durante el juicio se logró probar que la conducta de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
