Auto Supremo AS/0501/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2015-RA

Fecha: 20-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 501/2015-RA
Sucre, 20 de julio de 2015

Expediente: Cochabamba 37/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Crisologo Rojas López y otros
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas

RESULTANDO

Por memorial presentado el 13 de marzo de 2015, cursante de fs. 394 a 396 vta., Crisologo Rojas López, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 18 de diciembre de 2014 de fs. 359 a 369 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público contra el recurrente, Jhonny López Arauco y Marcelo Ramos Velásquez por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 33/2012 de 13 de diciembre (fs. 241 a 248 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia Cochabamba, declaró a Crisologo Rojas López, Marcelo Ramos Velásquez y Jhonny López Arauco, autores y culpables de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 en relación al 33. m) de la Ley 1008, imponiéndoles la pena de diez años de presidio, además de 200 días multa a razón de diez centavos por día y costas