VISTOS: Los antecedentes de la presente causa de nulidad de documento de donación, lo que
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 544
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : 220/2015
Demandante : Germán Argandoña Numbela y otra
Demandado : Policía Boliviana
Distrito : Cochabamba
VISTOS: Los antecedentes de la presente causa de nulidad de documento de donación, lo que por ver convino y se tuvo presente; y:
CONSIDERANDO:
De lo dispuesto por el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) la competencia se entiende como “la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una o un vocal, una jueza o un juez, o autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto”, competencia que está delimitada en razón del territorio, naturaleza del proceso, materia o cuantía así como la calidad de las personas que litigan; por lo que queda claramente establecido que sólo la competencia en razón del territorio se amplía y únicamente por consentimiento expreso o tácito de las partes
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 544
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : 220/2015
Demandante : Germán Argandoña Numbela y otra
Demandado : Policía Boliviana
Distrito : Cochabamba
VISTOS: Los antecedentes de la presente causa de nulidad de documento de donación, lo que por ver convino y se tuvo presente; y:
CONSIDERANDO:
De lo dispuesto por el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) la competencia se entiende como “la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una o un vocal, una jueza o un juez, o autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto”, competencia que está delimitada en razón del territorio, naturaleza del proceso, materia o cuantía así como la calidad de las personas que litigan; por lo que queda claramente establecido que sólo la competencia en razón del territorio se amplía y únicamente por consentimiento expreso o tácito de las partes
- VISTOS: Los antecedentes de la presente causa de nulidad de documento de donación, lo que
- Por advertencia del art
- Del examen de antecedentes se advierte que, el objeto de la controversia es, la nulidad
- Mediante el Auto de fs
- Remitido el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, el mismo fue remitido a la Sala
- Ahora bien, de los antecedentes descritos se colige que, el Juez de instancia al declarar
- POR TANTO: La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Adm
- Al Otrosíes 1, 2, 3, 4, 5.- Estese a lo dispuesto
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
