Auto Supremo AS/0030/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2016-RA

Fecha: 19-Ene-2016

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 29 de octubre de 2015 (fs. 765), el 6 de noviembre del mismo año, interpuso el recurso de casación, sujeto al presente examen de admisibilidad.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente alega que contestó a la apelación restringida planteada por el imputado, haciendo notar al Tribunal de alzada, que no llevaba la firma del imputado pues simplemente estaría consignada la frase “parte impetrante” (sic), más las firmas de sus abogados, sin que esta omisión fuera advertida por los Vocales, acudiendo a las Sentencias Constitucionales 600/2003 de 6 de Mayo, 593/2004 del 22 de abril y 1365/205/R de 31 de octubre, citando y copiando mal a Clemente Espinoza Carvallo, con el argumento de que la Sentencia de primera instancia observaba defectos absolutos, inconvalidables al no estar debidamente fundamentada y que tales defectos serían corregibles aún de oficio, omitieron pronunciarse sobre la inexistencia de la firma del apelante y sin fundamento alguno procedieron a anular la Sentencia Condenatoria; olvidando los Vocales pronunciarse sobre la denuncia y fundamentar su decisión de anular la Sentencia, infringiendo el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP); al respecto, invoca el Auto Supremo 382/2012