Auto Supremo AS/0348/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2016-A

Fecha: 19-Oct-2016

Teniendo presente la generalidad con la cual se regulo el recurso de nulidad o casación,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 348-A
Sucre, 19 de octubre de 2016

Expediente: 395/2016-S
Demandante: Mario Rivera Cruz
Demandado: Empresa Tarijeña del Gas (EMTAGAS)
Distrito: Tarija
Materia: Beneficios Sociales

VISTOS: La Constitución Política del Estado, el Código Procesal del Trabajo, el Código Procesal Civil, demás antecedentes y:
CONSIDERANDO I:
Teniendo presente la generalidad con la cual se regulo el recurso de nulidad o casación, en el Código Procesal del Trabajo (CPT), a tiempo de efectivizar la tramitación del mismo, es pertinente y necesario acudir al principio de supletoriedad excepcional, previsto en el art. 252 del mismo CPT que dispone: “Los aspectos no previstos en la presente Ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”