Auto Supremo AS/0377/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377/2016

Fecha: 28-Oct-2016

Que al incurrir en abandono por más de treinta días desde la última actuación de

Que al incurrir en abandono por más de treinta días desde la última actuación de las obligaciones que le impone la Ley a la parte demandante en la presente causa, es decir, desde la notificación con la admisión de la demanda, corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista por el art. 247.I.1. del Código Procesal