Auto Supremo AS/0379/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2016-A

Fecha: 17-Oct-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo

Que, al efecto del recurso formulado, se verifica que los mismos fueron presentados dentro el plazo previsto por ley, además cumple con los requisitos previstos en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el art. 274-I del actual Código Procesal Civil vigente a la interposición de los recursos; estos hechos hacen admisible la consideración de los recursos de casación, por lo que corresponderá su análisis y resolución oportuna conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el art. 277 y Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 410 a 413 y el recurso de casación de fs. 416 a 419 de obrados, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo