Auto Supremo AS/1177/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1177/2016-RA

Fecha: 10-Oct-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

VISTOS: El recurso de casación de fs. 362 a 364, interpuesto por Javier Erick Aguirre Mayzer contra el Auto de Vista No. 277/2015 de 11 de diciembre, cursante de fs. 265 a 269, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre usucapión decenal seguido por Tarcila Leocadia Putare Somoza contra el recurrente, el Auto de fs. 374 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia No. 06/2015 11 de agosto, cursante de fs. 195 a 197 vta., que declaró improbada la demanda principal y probada la demanda reconvencional, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la demandante, fue resuelto por Auto de Vista No. 277/2015 de 11 de diciembre, cursante de fs. 265 a 269, que revocó totalmente la Sentencia apelada, declarando probada en todas sus partes la demanda principal cursante de fs. 16 a 17, e improbada la demanda reconvencional de fs. 53 a 56 interpuesta por Javier Erick Aguirre Mayzer, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva del mismo; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por el demandado, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad