De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que la Juez de primera instancia por Auto de fecha 8 de enero de 2016, declaró por no presentada la demanda, Resolución de primera instancia que al ser apelada por la Empresa demandada, fue resuelto por Auto de Vista No. 122/2016 de 16 de agosto, cursante de fs. 188 a 190 y su Auto complementario a fs. 194, que anuló obrados hasta el decreto de fecha 26 de noviembre de 2015, disponiendo que la juzgadora dicte la providencia o resolución pertinente al memorial de fs. 150 de obrados con la debida pertinencia y congruencia; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Selma Gabriela Llanos Bilbao, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
Que la Juez de primera instancia por Auto de fecha 8 de enero de 2016, declaró por no presentada la demanda, Resolución de primera instancia que al ser apelada por la Empresa demandada, fue resuelto por Auto de Vista No. 122/2016 de 16 de agosto, cursante de fs. 188 a 190 y su Auto complementario a fs. 194, que anuló obrados hasta el decreto de fecha 26 de noviembre de 2015, disponiendo que la juzgadora dicte la providencia o resolución pertinente al memorial de fs. 150 de obrados con la debida pertinencia y congruencia; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Selma Gabriela Llanos Bilbao, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Empresa Axel Concesionarios S.R.L. c/ Selma Gabriela Llanos Bilbao
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: Potosí
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
