POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 196 a 201 vta., interpuesto por Selma Gabriela Llanos Bilbao contra el Auto de Vista No. 122/2016 de 16 de agosto, cursante de fs. 188 a 190 y su Auto complementario a fs. 194, pronunciada por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí
- Partes: Empresa Axel Concesionarios S.R.L. c/ Selma Gabriela Llanos Bilbao
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: Potosí
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
