POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 245 a 247 vta., interpuesto por la empresa KOELNER S.A., a través de su representante Esther Caroly Salzmann Doning y el recurso de casación de fs. 252 a 255, formulado por la empresa SICAMBOL Ltda., a través de su representante Paulino Michaga Huarachi contra el Auto de Vista Nº 48/2016 de 10 de febrero, cursante de fs. 240 a 242, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Partes: Empresa KOELNER S.A. c/ Empresa SICAMBOL Ltda
- Proceso: Ordinario sobre pago de letra de cambio
- Distrito: La Paz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
