Que, con el Auto de Vista Nº 165/2016 de 14 de septiembre de fs
Que, con el Auto de Vista Nº 165/2016 de 14 de septiembre de fs. 74 a 77 vta., la Caja Petrolera de Salud Regional Tarija a través de su representante, fue notificada el 27 de septiembre de 2016, conforme consta a fs. 78, interponiendo el recurso de casación en el fondo y en la forma el 6 de octubre del mismo año, conforme consta del timbre electrónico a fs. 86, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del CPT
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo (CPT),
- Que, el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o
- Que, con el Auto de Vista Nº 165/2016 de 14 de septiembre de fs
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
