II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 224 a fs. 226, interpuesto por Ediliana Vélez Durán y Carmelo Vargas Guerra, se desprende que haciendo una relación de los hechos, entre otras acusan, que en el Auto de relación procesal tan solo se habría fijado como puntos de hecho a probar para la parte demandante y no así por los demandados, asimismo refieren que, el Tribunal de Alzada habría omitido valorar la prueba testifical de cargo de fs. 129 a 130 vta., así como las pruebas de descargo que cursa a fs. 64, 87 y 94, peticionando por que se declare la nulidad de obrados; deduciendo que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso que cursa de fs. 224 a fs. 226, interpuesto por Ediliana Vélez Durán y Carmelo Vargas Guerra, se desprende que haciendo una relación de los hechos, entre otras acusan, que en el Auto de relación procesal tan solo se habría fijado como puntos de hecho a probar para la parte demandante y no así por los demandados, asimismo refieren que, el Tribunal de Alzada habría omitido valorar la prueba testifical de cargo de fs. 129 a 130 vta., así como las pruebas de descargo que cursa a fs. 64, 87 y 94, peticionando por que se declare la nulidad de obrados; deduciendo que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Mirian Crespo de Choma c/ Ediliana Vélez Durán y Carmelo Vargas Guerra
- Proceso: Ordinario sobre reivindicación
- Distrito: Pando
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
