De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 024/2016 de fecha 14 de junio de 2016 cursante de fs. 311 a 314, que declaró Probada la demanda principal de reivindicación interpuesta por la parte actora, e Improbada la demanda reconvencional de usucapión presentada por los demandados, resolviendo en consecuencia condenar a los mismos a la restitución del bien inmueble motivo de litigio que se detalla en dicho decisorio en favor de la parte actora, en el plazo de 30 días de ejecutoriada la sentencia, asimismo al pago de daños y perjuicios que serán averiguados en ejecución de sentencia, con costas y costos; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 494/2016 de 02 de septiembre cursante de fs. 344 a 346 que confirma la sentencia apelada, con costas; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por la referida parte demandada, que es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 024/2016 de fecha 14 de junio de 2016 cursante de fs. 311 a 314, que declaró Probada la demanda principal de reivindicación interpuesta por la parte actora, e Improbada la demanda reconvencional de usucapión presentada por los demandados, resolviendo en consecuencia condenar a los mismos a la restitución del bien inmueble motivo de litigio que se detalla en dicho decisorio en favor de la parte actora, en el plazo de 30 días de ejecutoriada la sentencia, asimismo al pago de daños y perjuicios que serán averiguados en ejecución de sentencia, con costas y costos; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 494/2016 de 02 de septiembre cursante de fs. 344 a 346 que confirma la sentencia apelada, con costas; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por la referida parte demandada, que es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
- Sucre: 09 de noviembre de 2016
- Partes: Marco Antonio Gutiérrez Mora c/ José Romel Gutiérrez Mora y Grerslane Suárez Arroyo
- Proceso: Reivindicación de inmueble y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Pando
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Emitido el Auto de Vista Nº 494/2016 de 02 de septiembre cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
