POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 260 a 266, interpuesto por Julia Bobarin Rojas Vda. de Colque contra el Auto de Vista No. 129/2016 de 9 de septiembre, cursante de fs. 250 a 254, pronunciada por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí
- Partes: Julia Bobarin Rojas Vda. de Colque c/ Vladimir Copa Mamani
- Proceso: Ordinario sobre anulabilidad de documento
- Distrito: Potosí
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
