Auto Supremo AS/1317/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1317/2016-RA

Fecha: 23-Nov-2016

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 145 a 146, interpuesto por Patricia Paty Patzi Quispe, se desprende que denuncia, de que el Tribunal de Alzada habría dado curso a una nulidad que habría sido promovida por una persona sin legitimación alguna, al no reunir la condición establecida por el art. 50 del Código de Procedimiento Civil, puesto que no se habría apersonado en la tramitación del proceso, además no habría presentado su derecho propietario, por tal razón no se habría abierto la competencia del Tribunal de Alzada por lo que habría incurrido en lo establecido por el art. 122 de la Constitución Política del Estado, y de esa manera se habría vulnerado su derecho a la seguridad jurídica, al debido proceso, al principio de preclusión procesal y a su derecho a la posesión, además no habría tomado en cuenta la documentación ni otorgado valor a los títulos del contrario que habrían sido anulados por una Resolución Suprema, por lo que habría violado el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, tampoco habría observado lo previsto por el art. 1 numerales 9 y 14 de la L.O.J. y arts. 3 inc. 1), 5) y 90 del Código de Procedimiento Civil, peticionado por que se case el Auto de Vista recurrido; deduciendo que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir los mismos