Auto Supremo AS/0424/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2016-A

Fecha: 05-Dic-2016

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N°424-A
Sucre, 05 de diciembre de 2017
Expediente:475/2016-S
Demandante:Sergio Oscar Gariotti
Demandado:Sucre Tenis Club
Materia:Beneficios Sociales
Departamento:Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 139 a 146, interpuesto por Fernando Antonio Beltrán Sánchez en representación legal del Sucre Tenis Club, contra el Auto de Vista N° 606/2016 de 21 de octubre de fs. 131 a 133, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso social seguido por Sergio Oscar Gariotti contra Sucre Tenis Club; el Auto N° 678/2016 de 28 de noviembre de 2016 a fs. 149 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Consideraciones Previas
Que, mediante la Ley N 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: ''PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes"; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: '' (PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de 2016, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento