POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
Por lo expuesto, considerándose cumplida de forma razonable la carga procesal explicitada en el art. 274 del Código Procesal Civil vigente, corresponde pronunciar Auto Supremo conforme al art. 277-II) de la mencionada norma.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE, 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y 277-I del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación interpuestos, el primero por la Empresa Minera Jungie Mining Industry S.R.L, representada legamente por Oscar Antonio Santos Orellana y el segundo formulado por los actores Martín Limachi Villca, Alex Alejandro Maquera Colque y Tomás Richard Maquera Colque, en consecuencia, pase obrados a Secretaría de Cámara a fin del sorteo de magistrado relator por turno, según orden de llegada
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE, 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y 277-I del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación interpuestos, el primero por la Empresa Minera Jungie Mining Industry S.R.L, representada legamente por Oscar Antonio Santos Orellana y el segundo formulado por los actores Martín Limachi Villca, Alex Alejandro Maquera Colque y Tomás Richard Maquera Colque, en consecuencia, pase obrados a Secretaría de Cámara a fin del sorteo de magistrado relator por turno, según orden de llegada
- Demandados: Empresa Minera Jungie Mining Industry S.R.L
- CONSIDERANDO I
- Los recursos de casación motivo de autos fueron presentados, el de la empresa demandada el
- Asimismo, tanto la Empresa demandada como los actores identifican el Auto de Vista impugnado y
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
