POR TANTO: La Sala Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
POR TANTO: La Sala Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida por la Disposición Transitoria Décima de la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso Contencioso Administrativo, presentado por Jorge Gonzalo Ortega Aldapi, disponiéndose el archivo de obrados, así como el desglose de la documentación original adjunta, debiendo quedar en su lugar fotocopias debidamente legalizadas
- VISTOS: La Resolución de 29 de enero de 2016 a fs
- Que por memorial presentado en fecha 26 de enero de 2016, recibido en Secretaria de
- Que, por informe de 16 de noviembre de 2016, el Secretario de Sala comunica que
- Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley Nº 439
- Que, el Capítulo IV, Título V del Libro Primero del Código Procesal Civil, regula extinción
- POR TANTO: La Sala Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
