II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 284 a 285 vta., formulado por Miriam Patricia Flores Quiroz, se desprende que acusa, errónea interpretación y/o aplicación indebida del art. 1460 del Código Civil y por consecuencia del art. 195 del Código Procesal Civil en cuanto a la acción confesoria, toda vez que no se habría demostrado la concurrencia de hecho ilícito, doloso o culposo, en relación a una posible afectación al derecho de propiedad de la demandante, como hecho generador de un daño o un perjuicio de manera directa en el fundo sirviente, hecho que no sería susceptible de averiguarse en ejecución de sentencia, tal como habría señalado el Tribunal de alzada en cuanto a la reparación de daños y perjuicios, pese a la falta de fundamentación del recurso de apelación; deduciendo que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I.3 del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: María Del Rosario Estrada Torrez. c/ Miriam Patricia Flores Quiroz
- Proceso: Ordinario sobre acción negatoria y confesoria
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
