Así, el recurso se interpuso por escrito y dentro del término establecido en el art
Así, el recurso se interpuso por escrito y dentro del término establecido en el art. 210 del Código Procesal del Trabajo (CPT), dado que el recurrente fue notificado con el fallo recurrido el 13 de enero de 2016 (fs. 313) y el recurso fue presentado en fecha 20 de enero del mismo año, conforme al cargo de recepción (fs. 317), es decir, dentro del término legal, tomando en cuenta el cómputo establecido en el CPT
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