Auto Supremo AS/0031/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2016-A

Fecha: 11-Mar-2016

Que, en la materia se tiene una norma adjetiva específica, art

Que, en la materia se tiene una norma adjetiva específica, art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS) y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997; disponen: “A falta de disposiciones expresas, se aplicarán las del Procedimiento Civil.”; siendo así, corresponde al recurso de casación interpuesto proporcionar el tramite establecido en el art. 277-I del CPC-2013, respecto de los requisitos para su admisibilidad, que determina: “Recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia, bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor de diez días, examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el Artículo 274 del presente Código, y de no ser así, dictará resolución declarando improcedente el recurso…”; en consecuencia, se pasa a examinar si el recurso de casación interpuesto cumple con los requisitos exigidos por el art. 274 del CPC-2013