Es así que, el recurso se interpuso por escrito y dentro del término establecido en
Es así que, el recurso se interpuso por escrito y dentro del término establecido en el art. 210 del Código Procesal del Trabajo (CPT), dado que el recurrente fue notificado con el fallo recurrido el 14 de diciembre de 2015 (fs. 496) y el recurso fue presentado en fecha 18 de diciembre del mismo año, conforme los datos consignados en el timbre electrónico (fs. 497), es decir, dentro del término legal, tomando en cuenta el cómputo establecido en el CPT
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- CONSIDERANDO II
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- Firmado
