POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 705 a 707, interpuesto por María Roxana Castro Nogales contra el Auto de Vista Nº 258/2015 de 26 de octubre, cursante de fs.698 a 700, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Kirigin de Calvo y
- Proceso: Ordinario de usucapión
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
