Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 618 a 621 vta., interpuesto por Martha Gómez Prudencio contra el Auto de Vista de 22 de diciembre de 2015, cursante de fs. 608 a 610 vta., y su complemento de fs. 614, pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Partes: Martha Gómez Prudencio. c/ Hugo Gómez Prudencio
- perjuicios
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
