Auto Supremo AS/0187/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2016-RA

Fecha: 09-Mar-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 1212 a 1218, interpuesto por el codemandado Eleuterio Mamani Choque contra del Auto de Vista Nº 193/2015 de 9 de julio, cursante de fs. 1206 a 1208, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario sobre mejor derecho de propiedad, reivindicación y restitución de inmueble seguido por Honorio Quispe Palli en contra del recurrente y Juana Copa de Ortiz, los antecedentes del proceso; y

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

En base a la demanda de mejor derecho de propiedad, reivindicación y restitución de inmueble de fs.13 a 14 y vta., seguido por Honorio Quispe Palli en contra de Eleuterio Mamani Choque y Juana Copa de Ortiz, se inició el proceso y que tramitado el mismo, mereció la Sentencia Nº 18/2014 de 29 de julio de fs. 1125 a 1132, que declaró probada la demanda principal de fs. 13 a 14, improbada las acciones reconvencionales de fs. 23, 118 y 193, e improbada la excepción de prescripción de fs. 16, disponiendo que los demandados deban restituir el inmueble situado en la Av. Mariscal Santa Cruz de Caranavi, Provincia Caranavi del Departamento de La Paz, signados con los Nº 36 y 38 con una superficie de 188,26 m2., Resolución de primera instancia que al ser apelada por Eleuterio Mamani Choque, fue resuelto por Auto de Vista Nº 193/2015 de 9 de julio, cursante de fs. 1206 a 1208, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación en el fondo y en la forma por parte del codemandado Eleuterio Mamani Choque, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad