POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 parágrafo II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 1212 a 1218, interpuesto por el codemandado Eleuterio Mamani Choque contra del Auto de Vista Nº 193/2015 de 9 de julio, cursante de fs. 1206 a 1208, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- de
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
