Regístrese, hágase saber y devuélvase
Esto implica, que en el caso de autos la recurrente interpone recurso de casación, contra el Auto de Vista que resolvió el recurso de apelación incidental; por lo precisado anteriormente y en consideración a los arts. 394 y 403 inc. 3) del CPP, no es viable que el Auto de Vista que resuelva una apelación incidental, pueda ser impugnada mediante el recurso de casación, pues el Tribunal Supremo carece de competencia para pronunciarse al respecto, puesto que esta clase de Resoluciones sólo admiten el recurso de apelación incidental sin recurso ulterior.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fs. 716 y 717, interpuesto por María Elena Rosales Rocha.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Notificadas ambas partes, interpusieron recursos de apelación incidental, ratificadas de manera escrita por Efraín
- c) Contra el referido Auto de Vista, la acusada María Elena Rosales Rocha, interpuso el
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por
- En ese entendido, en art
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- En autos, de la revisión de los antecedentes se tiene que, la parte querellante y
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
