Auto Supremo AS/0229/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

b) En relación a la denuncia de falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado;


b) En relación a la denuncia de falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado; si bien es cierto que invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 319/2012 de 4 de diciembre; sin embargo, no es menos cierto, que sólo se limitó a señalar que el referido precedente exige la debida fundamentación en las resoluciones judiciales, sin señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, no efectuó la debida fundamentación entre la Resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes, que debieron haber sido expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida, toda vez que no basta la simple mención o invocación del precedente, ni la fundamentación subjetiva del recurrente respecto a cómo cree que debió ser resuelta la alegación, sino la adecuación del recurso indefectiblemente a la normativa legal; por lo que al no encontrarse debidamente fundamentada la denuncia realizada por el recurrente, y conforme lo señala el párrafo tercero del art. 417 del CPP que el incumplimiento de estos requisitos, determinará su inadmisibilidad, en el caso de autos, respecto a este motivo, se advierte incumplimiento de los requisitos previstos para su admisión