POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 parágrafo II del Código Procesal Civil y Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 334 a 335 vta., interpuesto por Mario Velásquez García contra el Auto de Vista Nº 16/2016 de 10 de febrero, cursante de fs. 247 a 248 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Ayala
- daños
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
