CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
Que, el recurso de casación cursante a fs. 147-148 de obrados, ha sido presentado ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista cuya casación en la forma y en el fondo se pretende; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido, no así su foliación; expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando también en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, con los fundamentos que se esgrimen en su contenido
Que, el recurso de casación cursante a fs. 147-148 de obrados, ha sido presentado ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista cuya casación en la forma y en el fondo se pretende; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido, no así su foliación; expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando también en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, con los fundamentos que se esgrimen en su contenido
- Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la
- Que, en la materia se tiene como normativa específica al Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso planteado, procédase a la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
