Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se
Consiguientemente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 277.I del Código Procesal Civil que señala: “recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia, bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a diez días, examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274 del presente Código ...”
Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se cumplieron con tales presupuestos
Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se cumplieron con tales presupuestos
- VISTOS: El recurso de Casación en el Fondo, interpuesto por Ana María Padilla Padilla de
- Recurso concedido mediante Auto Nº 244/16 de 4 de mayo de 2016 por la Sala
- CONSIDERANDO I
- Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido
- Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se
- CONSIDERANDO II
- Por su parte el demandante Ángel Poveda Castro, representado legalmente por Leslie Yesenia Castellón Verbo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
