De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo
c) Por diligencia de 14 de abril de 2015 (fs. 61), la recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista y el 22 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo:
Refiere que el Tribunal de alzada no valoró la pruebas presentadas en el presente proceso, siendo que el Juzgado de Sentencia realizó un mala valoración de las pruebas presentadas en juicio; además, la imputada no presentó ninguna prueba que demuestre su inocencia; más al contrario la recurrente refiere que presentó como pruebas las boletas de retiros de dinero donde consta la fecha y hora exacta de la transacción, así como también la factura de la casa de cambios donde se demuestra que el 30 de marzo de 2012 retiró primero la suma de Bs, 7.500 a horas 9:59 y luego retiró Bs. 3.000 a horas 11:01 y posteriormente fue a la casa de cambio San Roque para comprar la suma de $us. 1.500 pagando la suma de Bs. 10.455, posteriormente acompañada de su hermana fueron a buscar a la Sra. Julieta Luisa Carvajal Nina para entregarle el dinero; asimismo, refiere que no se valoró la declaración de su hermana la cual es clara al narrar lo que pasó desde el día que la imputada le ofertó una tienda de ropa describiendo cronológicamente el hecho; por lo que existió, la prueba suficiente para demostrar que entregó la suma de dinero de $us. 1.500 a la imputada.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 22 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la querellante (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
