De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 90 vta., se desprende que, los recurrentes describen una breve relación de los hechos, el contenido de la Resolución, acusando que el Auto de Vista que confirma la Sentencia realiza los mismos argumentos y fundamentos jurídicos de la Sentencia y con la previsión establecida por el art. 591 del Código Civil, pretendiendo vulnerar sus derechos de forma temeraria, toda vez que el Tribunal de Alzada considera que la disposición señalada refiere a los bienes adquiridos dentro del matrimonio y que estos tengan el carácter de gananciales, extremo que no es evidente, es decir que no necesita interpretación de los justiciables, toda vez que el mismo tiene carácter imperativo en su cumplimiento cuando dispone que está prohibido la venta entre esposos, no refiere si los bienes son ajenos, propios o gananciales, simplemente se limita a la prohibición de la venta entre esposos en tanto el matrimonio se encuentra en vigencia de manera que se infringe lo establecido en el art. 591 del Código Civil; argumento suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
De la revisión del recurso de casación de fs. 90 vta., se desprende que, los recurrentes describen una breve relación de los hechos, el contenido de la Resolución, acusando que el Auto de Vista que confirma la Sentencia realiza los mismos argumentos y fundamentos jurídicos de la Sentencia y con la previsión establecida por el art. 591 del Código Civil, pretendiendo vulnerar sus derechos de forma temeraria, toda vez que el Tribunal de Alzada considera que la disposición señalada refiere a los bienes adquiridos dentro del matrimonio y que estos tengan el carácter de gananciales, extremo que no es evidente, es decir que no necesita interpretación de los justiciables, toda vez que el mismo tiene carácter imperativo en su cumplimiento cuando dispone que está prohibido la venta entre esposos, no refiere si los bienes son ajenos, propios o gananciales, simplemente se limita a la prohibición de la venta entre esposos en tanto el matrimonio se encuentra en vigencia de manera que se infringe lo establecido en el art. 591 del Código Civil; argumento suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
- Partes: Primitiva Urquieta y otra c/Ramiro Romney Ledezma Rocabado y Otra
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fecha 11 de marzo de 2016 cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
