Auto Supremo AS/0116/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2016-A

Fecha: 01-Jun-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo

Que, con el Auto de Vista 236 de 19 de agosto de 2015, de fs. 161 a 162, Bismark Montaño Olivera, fue notificado el 13 de noviembre de 2015, conforme consta a fs. 163, (con el Auto de Explicación y Complementación N° 468 de 18 de noviembre de 2015 de fs. 167, el 21 de abril de 2016), interponiendo éste, el recurso de casación el 25 de noviembre del mismo año, conforme consta del timbre electrónico a fs. 185, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del CPC-2013, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013, examen efectuado conforme el art. 277-I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia su admisibilidad.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277-I del Código Procesal Civil; ADMITE el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Bismark Montaño Olivera, representado legalmente por Cristhian Yovanny Lipacho Fernández, cursante a fs. 185-188 de actuados