POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
Que respecto al petitorio, el mismo es puntual, pide el recurrente que este Tribunal Case el Auto de Vista de fs. 165 a 169, disponiendo la recuperación de lo indebidamente cobrado por el demandante.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, con la previsión de la Disposición Transitoria Sexta y el art. 277 ambos del NCPC, se dispone la ADMISIÓN del recurso de nulidad cursante de fs. 171 a 172, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, con la previsión de la Disposición Transitoria Sexta y el art. 277 ambos del NCPC, se dispone la ADMISIÓN del recurso de nulidad cursante de fs. 171 a 172, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
- Que el art
- Que en mérito a lo analizado y lo previsto en el art
- Que coherentes con lo manifestado, corresponde realizar el examen de admisibilidad, previsto en el art
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Que el escrito de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
