POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal
Que, con el Auto de Vista Nº 205/2016 de 19 de abril, de fs. 389-391, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), fue notificado el 22 de abril de 2016 conforme consta a fs. 392, interponiendo éste, el recurso de casación el 03 de mayo del mismo año, conforme consta del timbre electrónico cursante a fs. 403, en el plazo establecido por art. 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, aprobado por Resolución Secretarial N° 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997, y de conformidad al art. 90 en sus parágrafos I, II y III del CPC-2013, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS) y art. 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, antes citado; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación en el fondo, ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013, examen efectuado conforme el art. 277-I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia la admisibilidad del señalado recurso.
Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso planteado, procédase a la admisión del mismo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277-I del Nuevo Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado legalmente por Wilson Lazcano Barrancos y Daniel Abraham Flores Baptista, cursante a fs. 398-403 de actuados
Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso planteado, procédase a la admisión del mismo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277-I del Nuevo Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado legalmente por Wilson Lazcano Barrancos y Daniel Abraham Flores Baptista, cursante a fs. 398-403 de actuados
