Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, tanto en la forma
Finalmente solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, anular obrados, disponiendo que el Tribunal de Alzada pronuncie nueva resolución; asimismo, solicitó casar el Auto de Vista recurrido, y deliberando se modifique en cuento al promedio indemnizable.
Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, tanto en la forma como en el fondo, cumple las exigencias previstas en el art. 258. 2) del CPC, ahora contenido en el art. 274. I del NCPC
Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, tanto en la forma como en el fondo, cumple las exigencias previstas en el art. 258. 2) del CPC, ahora contenido en el art. 274. I del NCPC
- Demandada: Empresa Constructora MEAVI S.R.L
- VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs
- Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Dicho recurso, fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art
- Asimismo, de la lectura del memorial del recurso de casación, se advierte que la empresa
- Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, tanto en la forma
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Pase a secretaría de la Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
